Informe sobre la situación de los derechos humanos en Cuba, presentado por el Relator Especial, Sr. Carl-Johan Groth, en cumplimiento de la resolución 1995/66 de la Comisión
INDICE
Párrafos
INTRODUCCION 1 - 9
I. LOS DERECHOS CIVILES Y POLITICOS 10 - 46
A. Derecho a la no discriminación por motivos políticos, así como a la libertad de expresión y asociación 10 - 28
B. La libertad de prensa 29 - 31
C. La administración de justicia 32 - 37
D. Abusos policiales con resultado de muerte 38 - 41
E. El derecho a salir y entrar al país 42 - 46
II. EL TRATO A LOS DETENIDOS EN LAS PRISIONES Y CENTROS
DE DETENCION 47 - 54
III. EL DISFRUTE DE LOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y
CULTURALES 55 - 67
IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 68 - 78
Anexo: Extracto del discurso pronunciado por el Ministro de Relaciones Exteriores de Cuba, Sr. Roberto Robaina, en la sesión inaugural del Primer Encuentro Internacional sobre Protección Jurídico de los Derechos Ciudadanos, celebrado en La Habana del 7 al 10 de noviembre de 1995
INTRODUCCION
1. En su resolución 1995/66, de 7 de marzo de 1995, la Comisión de Derechos Humanos prorrogó durante un año más el mandato confiado al Relator Especial según los términos de la resolución 1992/61, de 3 de marzo de 1992, y en base a la cual el Sr. Carl-Johan Groth fue nombrado Relator Especial. La resolución 1995/66 fue aprobada por el Consejo Económico y Social por su decisión 1995/277, de 25 de julio de 1995.
2. En la misma resolución, la Comisión expresó su preocupación por la información contenida en el anterior informe del Relator Especial (E/CN.4/1995/52) en el sentido de que continúan produciéndose en Cuba violaciones de derechos humanos y libertades fundamentales proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y tomó nota con pesar de que el Gobierno de Cuba ha seguido negándose a cooperar con el Relator Especial y se ha negado a permitirle que visite Cuba para cumplir su mandato. Al mismo tiempo, instó de nuevo al Gobierno de Cuba a que dé al Relator Especial la oportunidad de cumplir plenamente su mandato, en particular permitiéndole visitar Cuba; lamentó las múltiples denuncias sobre violaciones descritas en el informe del Relator Especial que no han sido atendidas e instó al Gobierno de Cuba a que vele por que la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales responda a las normas universalmente reconocidas.
3. La Comisión también pidió al Relator Especial que mantenga contactos directos con el Gobierno y los ciudadanos de Cuba. En base a esta petición, el Relator Especial una vez más solicitó, con fecha 25 de septiembre de 1995, la cooperación del Gobierno para el desempeño de su mandato, incluida la posibilidad de visitar el país. Esta solicitud ha permanecido sin respuesta.
4. En su resolución 1995/66, la Comisión de Derechos Humanos recomendó que los mecanismos existentes de la Comisión, en particular el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, continúen prestando atención, en el desempeño de su mandato, a la situación en Cuba y visiten Cuba. Además, invitó al Relator Especial y a estos mismos mecanismos a que cooperen plenamente e intercambien su información y sus conclusiones sobre la situación de los derechos humanos en Cuba. Sobre esta base y, ante la falta de cooperación del Gobierno con su mandato, el Relator Especial dirigió una carta al Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria, así como a los Relatores Especiales sobre la independencia de jueces y abogados y sobre la libertad de opinión y expresión, sugiriendo la conveniencia de que solicitaran visitar Cuba. Posteriormente, los responsables de estos tres mecanismos se dirigieron al Alto Comisionado para los Derechos Humanos, en razón de que éste había conversado con varias autoridades cubanas sobre la conveniencia de que el Gobierno colaborara con los órganos y mecanismos de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos (informe del Alto Comisionado E/CN.4/1995/98, párr. 25), solicitándole que interviniera para poder realizar misiones en el país. El Alto Comisionado dirigió una carta en este sentido al Gobierno de Cuba el 12 de junio de 1995.
5. Al momento de redactarse este informe ninguna invitación había sido formulada. En el anexo se reproduce un extracto del discurso pronunciado por el Ministro de Relaciones Exteriores de Cuba en la sesión inaugural del Primer Encuentro Internacional sobre Protección Jurídica de los Derechos Ciudadanos celebrado en La Habana del 7 al 10 de noviembre de 1995. En él se hace referencia al tema de la cooperación del Gobierno con los mecanismos de las Naciones Unidas en el ámbito de los derechos humanos.
6. En cuanto al mantenimiento de contactos con los ciudadanos de Cuba, el Relator Especial se ha esforzado en que estos contactos sean lo más amplios posible, al tiempo que continuó mostrando su disponibilidad para recibir a toda persona o grupo que desee reunirse con él.
7. Con este fin, y teniendo en cuenta que la mayor parte de las fuentes de información en el exterior sobre la situación de los derechos humanos en Cuba se encuentra en los Estados Unidos de América, viajó a Nueva York y Washington entre los días 28 de agosto y 1º de septiembre de 1995, donde tuvo la oportunidad de reunirse con especialistas de la realidad cubana pertenecientes a distintos ámbitos profesionales, incluido el mundo académico, personas que han salido del país recientemente y que han sido víctimas de violaciones de derechos humanos, así como representantes de las siguientes organizaciones y grupos: Coordinadora de Organizaciones de los Derechos Humanos en Cuba, Comité Cubano pro Derechos Humanos, Comité de Apoyo al Movimiento de Derechos Humanos en Cuba, Confederación Democrática de Trabajadores, Freedom House, Unión Sindical de Trabajadores de Cuba, Human Rights Watch, Comité Cubano contra el Bloqueo, Instituto Americano para el Desarrollo del Sindicalismo Libre, Casa de las Américas, Federación de Masones Cubanos Exiliados, Partido Demócrata Cristiano de Cuba, Flotilla de la Libertad, Coalición Democrática Cubana, Movimiento 30 de Noviembre, Centro de Derechos Humanos y Municipios de Cuba en el Exilio. Muchas de estas organizaciones entregaron al Relator Especial material escrito elaborado por grupos en el interior del país. El Relator Especial recibió material escrito, además de las fuentes indicadas, de otras tales como el Buró de Información del Movimiento Cubano de Derechos Humanos, la Federación Mundial de Presos Políticos Cubanos, Amnistía Internacional y Pax Christi, así como numerosas comunicaciones de individuos enviadas desde dentro y fuera del país.
8. En su resolución 1995/66, la Comisión de Derechos Humanos pidió al Relator Especial que presentara un informe a la Comisión en su 52º período de sesiones, así como un informe provisional a la Asamblea General en su quincuagésimo período de sesiones. El presente informe constituye básicamente una puesta al día del presentado a la Asamblea General.
9. Por otra parte, la Asamblea General adoptó la resolución 50/198 de 22 de diciembre de 1995, titulada "Situación de los derechos humanos en Cuba" en la que aquélla de nuevo expresó su preocupación frente a las violaciones e hizo un llamamiento al Gobierno para que colabore con el Relator Especial.
I. LOS DERECHOS CIVILES Y POLITICOS
A. Derecho a la no discriminación por motivos políticos, así como a la libertad de expresión y asociación
1. Consideraciones generales
10. La situación de derechos humanos en Cuba sigue caracterizándose por severas limitaciones a los derechos a la libertad de expresión, de asociación, sindical, de huelga, el fuerte control oficial sobre la actividad individual de los ciudadanos, que incluye incluso la necesidad de un permiso del Ministerio del Interior para poder viajar libremente al extranjero, la represión por parte de las fuerzas de seguridad que el mantenimiento de este control conlleva, así como un sistema de administración de justicia en el ámbito penal en gran medida al servicio del régimen político imperante. Todo ello, unido a la fuerte crisis económica de los últimos años y a factores de carácter externo, ha propiciado una situación en la que aproximadamente un 10% de la población (la población de Cuba es de unos 11 millones de habitantes) reside fuera del país, y un elevado número de personas, no importa cual sea su profesión, ve en la emigración la única esperanza de un futuro mejor y está dispuesto a abandonar el país por cualquier medio.
11. Muchos interlocutores con los que el Relator Especial ha tenido la oportunidad de conversar insisten en subrayar que, efectivamente, la situación de derechos humanos en la Cuba de hoy no se caracteriza por la violación sistemática del derecho a la vida, sin duda el derecho más básico de todos cuantos figuran en los instrumentos internacionales, aunque tampoco se puede minimizar la importancia que los incidentes que se producen de este tipo de violaciones sin duda tienen Véase infra, párrs. 38 a 41 y E/CN.4/1995/52, párr. 40.. Ahora bien, las carencias en materia de protección a otros derechos civiles y políticos son tantas y están tan enraizadas en el sistema político consagrado en la Constitución (según la cual, el ejercicio de estos derechos es posible pero sólo dentro del marco de la construcción del socialismo), que no puede contemplarse cada caso, por ejemplo, de detención por motivos políticos o de sanción por salida ilegal del país de manera aislada, sino como parte de un contexto en el que impera la falta de pluralismo. El hecho mismo de que un particular acuda a una instancia "independiente" para presentar una queja conlleva también un riesgo.
12. La creación de grupos con una orientación política, así como de defensa de los derechos humanos y sindicales, no ha cesado de aumentar en los últimos años, a pesar de las dificultades con que se enfrentan. Este proceso sin duda se ha visto acelerado por la crisis económica de los años noventa pero ya había comenzado con anterioridad, en particular con la creación, en 1976, del Comité Cubano de Derechos Humanos, que aún no ha logrado su legalización.
13. El Gobierno continúa minimizando la importancia de estos grupos, calificándolos de "grupúsculos" y de "contrarrevolucionarios". El Relator Especial opina, sin embargo, que tienen gran importancia. En primer lugar porque, al menos en su mayoría, surgen espontáneamente como una necesidad del ciudadano común de buscar alternativas ante la problemática en que se ve inmerso; en segundo lugar, porque constituyen un embrión de sociedad civil y de pluralismo en un contexto caracterizado por la existencia, por una parte, del individuo y, por otra, del aparato estatal que controla igualmente las organizaciones de masas, sin que ninguna instancia intermedia sea permitida. Estos grupos, aunque responden a un amplio espectro ideológico, tienen en común la defensa de los derechos individuales, enfatizando así la importancia de otorgar al individuo un lugar en la sociedad bajo la protección del estado de derecho, además de una estrategia de oposición pacífica.
14. Lo anterior no significa en modo alguno que toda crítica esté prohibida. Existen, en efecto, canales gubernamentales que los ciudadanos pueden utilizar, e incluso se les anima a que lo hagan, para expresar sus quejas en relación con las deficiencias en el funcionamiento de los servicios públicos o de otro tipo, pero siempre y cuando esas críticas no estén dirigidas contra las bases de existencia del sistema ni provengan de colectivos independientes y organizados.
15. El Relator Especial recibió en el curso de 1995 el testimonio oral a título personal de un sacerdote que, en opinión de aquél, ilustra la percepción que muchos ciudadanos tienen sobre la situación en el país y que por ello desea transcribir en parte:
"Yo he conocido personas que han estado 40 días presas y han adelgazado más de 40 libras, alrededor de medio kilo diario. Cuando un pueblo ve que una persona pasa 40 días en una prisión y viene convertido en un verdadero cadáver andante y totalmente desorientado psicológicamente por las presiones y las angustias que ha sufrido, sencillamente es un pueblo que vive en el terror y sobran otras ciertas formas que quizás se utilizan en otras partes de ejercer la violencia y el poder, porque hay otros medios que son en el fondo más eficaces y evidentemente más destructivos de la persona y de la sociedad. Quiero hacer referencia, por ejemplo, a los métodos de control, de vigilancia, a la desconfianza que se ha creado entre unas personas y otras, al sistema de delaciones que hay en el país que incluye lo mismo a niños que a ancianos. Puede alguien con confianza desconfiar de todo el mundo porque es muy probable que, efectivamente, cualquier persona pueda ser un informante. Eso crea una situación no sólo de temor, sino de mentira social, porque la gente enmascara lo que piensa y lo que siente. Evidentemente vivimos en un país de máscaras y esto es absolutamente autodestructivo en una sociedad. Uno no sabe a qué atenerse porque la gente no dice lo que piensa, no hace lo que dice, entonces vive en una incoherencia total. El resultado es que se perpetúa este poder pero a costa de todos los elementos fundamentales que componen el por qué vivimos en sociedad y el por qué somos un pueblo, una nación, un país. El precio que se paga es enorme, de sufrimiento, de tristeza, de envilecimiento en definitiva al vivir en la hipocresía. Todo esto configura una situación que hace sentir a las personas como que no pueden hacer nada para cambiarla. Es un pueblo sin esperanza, cansado y agobiado...
La sociedad está totalmente al servicio de un poder que continuamente es enarbolado por las autoridades... Esa concepción y ejercicio del poder es aplastante de la dignidad humana... La situación del país exigiría que se abra, por parte de aquéllos con capacidad para entablarlo, una posibilidad de diálogo, de respeto al otro y, por tanto, el establecimiento de canales de participación y escucha de lo que el otro tenga que decir, que se exprese a través de las urnas, a través de un diálogo nacional abierto con todos los grupos que de alguna manera han tenido el valor de expresarse de manera diferente en una situación tan monolítica...
Cuba nunca fue un país de emigrantes sino de inmigrantes y, sin embargo, ahora la única esperanza de los cubanos es poder irse del país. A veces las personas con un mayor grado de conciencia, de entrega, con profundos ideales religiosos o patrióticos no encuentran otra salida que irse. Podríamos decir que el drama de Cuba es que los que están en el poder tienen la fuerza suficiente para mantenerse en el poder pero no para transformar el país de manera creativa y lanzarlo hacia el futuro, no tienen la fuerza, la autoridad moral como para salir del hueco pero tienen la fuerza bruta suficiente para mantenerse dirigiendo el país."
16. En este contexto es significativo mencionar que los cambios que se están produciendo en la sociedad cubana, principalmente en lo económico, están generando un marco más propicio para que el incipiente movimiento de organizaciones no gubernamentales rearticule la sociedad civil cubana, gane nuevos espacios de acción ciudadana y estipule reglas democráticas en las relaciones entre ésta y el poder político.
2. Casos individuales puestos en conocimiento del Relator Especial durante 1995
17. En noviembre de 1994 el Relator Especial recibió de fuentes no gubernamentales un lista que contenía 1.195 nombres de personas que cumplían condena por delitos con connotaciones políticas E/CN.4/1995/52, párr. 9.. En el curso del presente año algunas de estas personas fueron puestas en libertad antes de llegar al término de sus condenas, como en los siguientes casos: Sebastián Arcos Bergnes, Rodolfo González González, Marta María Vega Cabrera, Caridad Lima García, Arnaldo Pascual Acevedo Blanco, Bárbaro Licourt Medina, Juan Luis Fuentes Valdés, Amador Blanco Hernández, Jorge Luis Carmona, Luis Felipe Lorens Nodal, Joel Mesa Morales, Carlos Orue Caballero, Juan José Pérez Maso, Julio César Pérez Maso, Rolando Quiñones Medina, Indamiro Restano, Guillermo Rodríguez Almora, Luis Rodríguez León, Roberto Rodríguez Morejón, Alquímedes Ruiz Columbié, Pedro Castillo Ferrer, Luis Enrique González Ogra, Agustín Figueredo Figueredo, Ismael Salvia Ricardo.
18. No parece existir, sin embargo, una tendencia a la disminución en el número de personas que cumplen condena por tales delitos; así, una actualización de la lista mencionada, recibida en agosto de 1995, incluye a cerca de 1.500 personas, de las que al menos unas 115 habrían sido detenidas entre 1994 y 1995. Los delitos imputados continúan siendo, en un gran número de casos, propaganda enemiga, peligrosidad, actos contra la seguridad del Estado, desacato, rebelión, etc., siendo generalmente calificadas como tales actividades pacíficas encaminadas a la denuncia o crítica respecto a la situación social y política del país. También es frecuente que las verdaderas motivaciones se escondan bajo imputaciones de delitos de tipo común.
19. Los siguientes son algunos de los casos de que tuvo conocimiento el Relator Especial durante 1995:
a) Cristina Alfonso Valdés, miembro del Partido Democrático 30 de Noviembre, fue agredida el 24 de enero de 1995 en La Habana por un agente de la policía, quien le disparó cuando aquélla trató de salir en defensa de su hermano que estaba siendo detenido y golpeado. Dos meses después de la agresión fue acusada de un delito de desacato por el que la fiscalía le pide una sanción de tres años de privación de libertad. Nurgia Torres León, quien presenció los hechos y salió en defensa de Cristina Alfonso también se encuentra procesada por delito de desacato, pidiendo el fiscal igualmente para ella una pena de tres años de prisión.
b) Jorge Heriberto Alfonso Aguilar, Iván Curra de la Torre, Ileana Curra Luzon Ibíd., párr. 10 l)., Felipe Lázaro Carrazana Díaz, Pedro Pablo Denis Blanco, Carlos Denis Denis, Rodolfo Valdés Pérez, Regla Tapanes Tapanes, Ariel Lavandera López, María Elena Bayo González y Marcos González Hernández fueron condenados a penas de entre tres y un año de privación de libertad (en algunos casos sustituida por la de limitación de libertad) por el Tribunal Provincial de Ciudad de La Habana en la causa 36/94 por el delito de propaganda enemiga y otros actos contra la seguridad del Estado. Según la sentencia, resultó probado que los acusados "en desacuerdo con el proceso revolucionario cubano y sus lineamientos, con el propósito de subvertir el orden social establecido y desestabilizar las bases de nuestro sistema social y económico (...) concibieron la idea de confeccionar y dispersar por diferentes lugares proclamas con textos de contenido contrarrevolucionario" lo que llevaron a cabo mediante la confección de un cuño artesanal y la impresión de octavillas con textos tales como "Abajo Fidel" y "Plebiscito".
c) Armando Alonso, del Comité Cubano pro Derechos Humanos, residente en los Estados Unidos, entró al país el 5 de abril de 1993 con documentos falsos. Poco tiempo después fue detenido, permaneciendo hasta el 4 de agosto de 1994 en el cuartel de la Seguridad del Estado de Villa Marista, donde habría sido presionado para que hiciera declaraciones en contra de otros miembros de su agrupación. En esa fecha fue juzgado, recibiendo una condena de 12 años de privación de libertad por los delitos de propaganda enemiga y actos contra la seguridad del Estado. A fines de 1994, fue trasladado de la prisión Combinado del Este a la prisión Kilo Ocho de Camagüey, donde habría sido confinado en una celda de castigo.
d) Jorge Luis Brito Rodríguez y Miguel Ángel León García, pastores laicos en la iglesia bautista de San Fernando de Camarones, Cienfuegos, fueron detenidos en diciembre de 1993 y condenados a seis años de prisión por los delitos de rebelión y propaganda enemiga. Se les acusaba de ser los autores de octavillas antigubernamentales y de organizar un "grupo contrarrevolucionario" que presuntamente se reunía en el local del templo bautista. Cumplen condena en la prisión de Ariza, donde el primero sufre de serios problemas de salud. Resultaron también condenados en la misma causa Alexis Carballosa Falcón, Juan Silvio Dueñas Marrero, Salvador Aguiar y Roberto Díaz.
e) Leonardo Cabrera Arias, Lino José Molina Basulto, Ramiro Angel Rodríguez Leyva, Jorge Oscar Rodríguez Leyva, vecinos de Minajarle, municipio de Jiguaní, Granma, fueron condenados a penas de entre siete y ocho años de privación de libertad por los delitos de rebelión y actos contra la seguridad del Estado, en juicio celebrado en Bayamo el 14 de marzo de 1994. Los hechos que se les imputaron fueron el de "agruparse y valorar la situación económica, social y política del país, oír emisoras extranjeras, hacer propaganda escrita y buscar una cueva para agrupar personas". Los acusados alegaron que se reunían semanalmente para realizar estudios bíblicos. Cumplen condena en la prisión de La Manga, provincia Granma.
f) Francisco Chaviano González Ibíd., párr. 11 b)., Presidente del Consejo Nacional por los Derechos Civiles en Cuba, fue detenido en mayo de 1994 y conducido al cuartel de Villa Marista. Según información recibida de personas que han estado detenidas en este centro a los allí detenidos se les impone con frecuencia 19 horas seguidas de ayuno y son obligados a dormir sobre una plancha de hierro frente a una luz fluorescente en celdas tapiadas donde permanecen incomunicados. También con frecuencia se les niega el agua para beber y asearse durante tres o cuatro días. Este es el trato que habría también sufrido Francisco Chaviano. Al menos otras tres personas, Abel del Valle Díaz, Pedro Miguel Labrador y Juan Carlos González Vázquez fueron también procesadas en la misma causa, acusadas de "revelar secretos de seguridad del Estado" y de "falsificación de documentos". El juicio se celebró el 15 de abril de 1995 ante un tribunal militar, a pesar de que casi todos los acusados eran civiles. El abogado de Abel del Valle Díaz escribió posteriormente en la prensa de Miami El Nuevo Herald, 27 de abril de 1995. que el expediente fue instruido de manera secreta, es decir sin la participación de abogados y que sólo tres días antes de la celebración del juicio pudo él hojear las actuaciones y entrevistarse con su defendido. Además, tampoco se le permitió al abogado acceso a los dos documentos calificados como "secretos" (que versaban sobre cómo combatir los delitos económicos en la esfera de la gastronomía y los servicios y de los combustibles) que supuestamente se encontraron en posesión de los acusados y que constituían una de las imputaciones principales. Al juicio, celebrado a puerta cerrada, no se permitió el acceso de varios testigos de la defensa, y familiares y amigos fueron amenazados a la entrada del edificio por miembros de las brigadas de respuesta rápida. Varios miembros de agrupaciones de derechos humanos fueron detenidos cuando se dirigían al juzgado y puestos en libertad varias horas más tarde. Francisco Chaviano fue condenado a 15 años de prisión y Abel del Valle a 3.
g) Efraín García Hernández, miembro de la agrupación Partido Cívico Democrático, fue detenido el 21 de septiembre de 1993 y condenado el 27 del mismo mes a cuatro años de privación de libertad por "peligrosidad". Durante el juicio se alegó como una cuestión de peso para la condena que se emborrachaba y daba escándalos públicos. Sus vecinos, sin embargo, han negado que esto fuera cierto.
h) Rafael Ibarra Roque, Presidente del Partido Democrático 30 de Noviembre, vio su casa de San Miguel del Padrón allanada el 12 de junio de 1994 por agentes de la Seguridad del Estado, quienes también amenazaron a su familia. El 17 del mismo mes fue detenido junto con su cuñado Yadel Lugo Gutiérrez, de la misma agrupación, y conducidos al Departamento de Seguridad del Estado en Villa Marista. Yadel Lugo fue puesto en libertad más tarde. En julio y agosto, respectivamente, miembros de la Seguridad del Estado se personaron en su domicilio y confiscaron bienes de los que la familia era legalmente propietaria, tales como automóvil, cocina de gas, televisor, además de varios animales domésticos, en amparo de un expediente de confiscación de bienes supuestamente mal habidos. En febrero de 1995, fue juzgado por el Tribunal Provincial de la Ciudad de La Habana por un supuesto delito de sabotaje y tenencia de armas y condenado a 20 años de prisión. Cumple condena en la prisión Combinado del Este en La Habana. Según la información recibida su esposa, Maritza Lugo, y otros familiares continúan siendo hostigados. Yadel Lugo Gutiérrez fue amenazado en varias ocasiones y despedido de su trabajo y centro de estudio en febrero de 1995.
i) Jorge Luis Ortega Palacio fue detenido el 26 de junio de 1994 por haber exhibido una sábana en la que había pintado la frase "Abajo Fidel". Se le condenó a un año y tres meses de prisión por el delito de "desorden público". En el momento de la detención fue severamente golpeado. En octubre del mismo año fue trasladado de la prisión Taco Taco a la de Cinco y Medio en Pinar del Río, donde se encontraría en precario estado de salud y no recibiría tratamiento médico.
j) Vladimir Petit Ramírez fue detenido el 5 de agosto de 1994 cuando se encontraba con una cámara de vídeo en la zona de La Habana donde tuvo lugar una manifestación antigubernamental. Fue condenado a tres meses de prisión por el delito de participación en disturbios públicos.
k) Noel Reyes Martínez, 25 años, miembro de la agrupación Partido Democrático 30 de Noviembre, fue detenido el 3 de junio de 1995 luego de gritar consignas antigubernamentales en la vía pública. Trasladado a la unidad de la policía situada en Calzada de Luyanó entre Lugo y Acierto, Reparto Luyanó, municipio de 10 de Octubre, Habana, habría sido severamente golpeado. En el momento en que se recibió la información se encontraba en libertad provisional, acusado del delito de desacato, para el que la fiscalía pedía una pena de dos años de privación de libertad.
l) Orson Vila Santoyo, pastor evangélico (superintendente del Distrito Central de la Asamblea de Dios), fue detenido el 25 de mayo de 1995 en Camagüey por haberse negado a cerrar la "casa culto" que mantenía en su domicilio Las llamadas "casas culto", que generalmente funcionan en los hogares de los religiosos, fueron autorizadas en 1990.. Alrededor de 80 casas culto de las aproximadamente 100 existentes habrían sido cerradas en esta provincia entre los meses de mayo y junio de 1995. Acusado de "asociación ilícita" y "desobediencia", fue juzgado ese mismo día a través de un procedimiento sumario y condenado a un año y seis meses de prisión. Cumple condena en la prisión Cerámica Roja de Camagüey. Otros dos miembros de la Iglesia evangélica en Camagüey, Balbino Basulto y Benjamín de Quesada, también fueron detenidos y puestos en libertad unas horas más tarde.
20. El Relator Especial recibió igualmente información sobre la situación, especialmente desde el punto de vista de la salud, que estarían sufriendo algunas de las personas que cumplen condena por delitos con connotaciones políticas, en particular por la falta de asistencia médica adecuada. Los siguientes son algunos de los casos que fueron comunicados:
a) Gustavo Rodríguez Sosa, cumple condena por los delitos de rebelión y propaganda enemiga en la prisión de La Manga, Granma. Padece de reuma generalizado.
b) Rubén Hoyos Ruiz, preso en la cárcel de Manacas desde 1990, condenado a cinco años de prisión por propaganda enemiga. Recientemente fue enjuiciado en la cárcel por desacato y sentenciado a dos años más de privación de libertad. Padece de diabetes y necesitaría tratamiento médico quirúrgico en los ojos.
c) Tiburcio Félix Ramírez, 60 años, cumple condena de ocho años de privación de libertad por el delito de propaganda enemiga en la prisión provincial de La Manga, Granma. Presenta problemas de ceguera sobrevenida en la prisión y no recibe asistencia médica.
d) César Codina, 73 años, cumple condena de cinco años de prisión por propaganda enemiga en La Manga, Granma. Sufre de diabetes e hipertensión y tiene problemas nerviosos que dificultan el que pueda valerse por sí mismo.
e) Armando Espinosa, 74 años, cumple condena en La Manga por delito de rebelión. Sufre de cáncer de pulmón.
f) Luis Rodríguez León, 52 años, cumple condena de siete años en la prisión de máximo rigor de Kilo 8 en Pinar del Río por los delitos de propaganda enemiga y asociación ilícita. Según información recibida por el Relator Especial en enero de 1995, sufriría de úlcera duodenal y gastritis crónica.
g) Omar del Pozo Marrero. Un médico extranjero que lo examinó en mayo de 1995 en la prisión de Quivicán, La Habana, le habría diagnosticado, entre otros, hipertensión, malnutrición y serios problemas gastrointestinales. Fue trasladado al hospital militar Carlos Finlay de La Habana, donde permaneció cinco semanas sin que se le proporcionaran los cuidados médicos que requería. Al cabo de este tiempo fue enviado a la prisión de Guanajay donde, según se informó, permanece en una celda de aislamiento y su estado de salud sigue siendo preocupante.
21. El Relator Especial continuó recibiendo información sobre incidentes de personas que han sido objeto de hostigamiento, registros domiciliarios, amenazas, detención temporal, pérdida del puesto de trabajo u otro tipo de represalias igualmente por motivos vinculados al ejercicio de la libertad de expresión y asociación o debido a la discriminación por motivos políticos. Se informó, por el contrario, que los llamados "actos de repudio" por parte de individuos organizados por instancias oficiales habrían disminuido en 1995. Los siguientes párrafos contienen listas de personas que habrían sido víctimas de este tipo de incidentes, principalmente en la ciudad de La Habana, entre los meses de enero y agosto de 1995. Estas listas se reproducen con miras a dar una idea de la frecuencia de los casos, respecto de los cuales el Relator Especial cuenta con detalles.
Enero: Francis Campanería, Rubén Camallery, Carlos Cardoso, Jorge Caballero, Eddy Cuadra, Isabel Del Pino, René Del Pozo Pozo, Moraima Díaz, Estrella García, Emilio Haber Tamayo, Georgina Hernández Torres, Lázaro Hernández Nero, Aída Rosa Jiménez, Carlos Jesús Menéndez, Eladio Moreno Fonseca, Luis Moya, Leonel Morejón Almagro, Mario Remedios de los Cuetos, Moisés Rodríguez, Jesús Rodríguez, Reynaldo Toledo González, Elizardo Sánchez Santacruz, Luis Enrique Solana, María Valdés Rosado, Aída Valdés Santana y Sergio Yánez Martínez.
Febrero: Félix Aguilera, Miguel Alvarez, Pedro Alvarez, Rafael Barrios, Joaquín Cabeza, Francisco Cabrera, Raúl Camallery, Francis Campanería, Julio Campos, Lázaro Cuesta, René Del Pozo, Antonio Durán, Gisela Estévez, Juan Fajardo, Ernesto Fernández, Miguel Granda, Rafael Guevara, Fidel Haber, Alberto Hernández, Lázaro Hernández, Georgina Hernández, Lázara Herrera, Aída Rosa Jiménez, Librado Linares, Iliana López, Fernando Martínez, Teresa Méndez, Cecilio Monteagudo, Josefina Naranjo, Armando Oliva, Guillermo Oliva, Orlando de Jesús Padilla, Oswaldo Paya, William Perdomo, Rolando Pérez, René Piña, Mario Remedios, Vladimiro Roca, Aurora Rodríguez, Venancio Rodríguez, Mario Rodríguez, Migdalia Rosado, Nicolás Rosario, Elizardo Sánchez, Jesús Sánchez, Reynaldo Toledo, Aída Valdés, Angel Varona, Jesús Yánez y María Zamora.
Marzo: Israel Alfonso, Pedro Pablo Alvarez, Juan C. Báez, Juan M. Bravo, Michael Brito, Jorge Campos, Lázaro Cuesta, Lidia M. Díaz, Héctor Domínguez, Ricardo M. Estrada, Gisela Estévez, Estrella García, María Elena García, Gilberto Gallardo, Frank Gonzalo, Juan Guarino, Fidel E. Haber, Ignacio Hidalgo, Luis López, Rodolfo López, Ileana López, Helen Martínez, José A. Mola, Orlando Padilla, Carmen Pérez, Félix Perera, Alicia Ramos, Mario Remedios, Raúl Rodríguez, Félix Rodríguez, Aurora Rodríguez, Moisés Rodríguez, Vladimiro Roca, Martha B. Roque, Elizardo Sánchez, Virginia Segura, Wilfredo Serrano, Julia E. Torres, Jorge Valdés, María Valdés, Aída Valdés, Angel A. Varona y José A. Vega.
Abril: Pedro Pablo Alvarez, Israel Alemán, Jorge Bacallao, Michel Brito, Manuel Brito, Lázaro Cuesta, Gilda Calero, Moraima Díaz, Teresa Dalama, Aramis Domenech, Gisela Estévez, Ernesto Fernández, Juan García, Angel González, Fidel Haber, Yaimi Lamar, Luis López, Roberto Mastrapa, Rafael Martínez, Marta Martínez, Yolanda Morejón, Emeregildo Naranjo, Valentín Pupo, Alicia Ramos, Mario Remedios, Pedro Rodríguez, Elizardo Sánchez, Luis Solana, Aída Valdés y José Zaldívar.
Mayo: Leonor Alejo Perera, Eloy Alpizar González, Hermes Arocha Pérez, José Manuel Arteaga, Marta Blanco, Pedro Brito, Diasniel Campos Monje, Julio César Campos Monje, Odilia Collazo, Nancy Cruz Soto, Eduardo Díaz Fleitas, Pastor Herrera, Héctor Maceda, Aldo Riverón, Ramón Díaz Rodríguez, Lidia Díaz Valdés, Aramís Domenech, Gisela Estévez, Rigoberto Estrada Puga, Maritza Florat Betancourt, Estrella García, María Elena García, Nelson González Martínez, Yoleidi González Tamayo, Carlos Guerra González, Juan Carlos Hernández, Georgina Hernández Torres, José Lago González, Alejandro Milián Acevedo, Miguel Molina, Eddy Montano Martínez, Miladis Monteagudo Alejo, Ramón Morejón, Jesús Padilla Font, Luis Padilla Reyes, Orlando Padilla Reyes, Juan Francisco Padrón Torres, Carmen Pérez, Osvaldo Pérez Cardoso, Alfredo Pozo Martínez, José E. Quintana Pérez, Alicia Ramos, Mario Remedios de los Cuetos, Enrique Rifet, Reinaldo Rivero Milián, Herminia Rodríguez, Pedro Antonio Rodríguez Verge, Eduardo Rojas Hernández, Beatriz Roque, Juan José Serrano Camejo, Nidia Silva Acosta, Yolanda Silva Morejón, Enrique Solana, Yolanda Sosa Pérez, Reinaldo Toledo González, José Vega, Fidel Valdés Baró, María Valdés Rosado y Delfina Varona Castillo.
Junio: Rubén Alomá, Pedro Alvarez, Pedro Brito, Francis Campanarería, Félix Capdesuñe, Oscar Corona, Alexander Cruz, Lázaro Cuesta, Gisela Estévez, Tomás Estévez, Miguel Fernández, Margot García, Claudio González, Rafael González, Ignacio Hidalgo, Francisco Osorio, Orlando Padilla, Clara Ortiz, René Peña, Rolando Pérez, Armando Quesada, Alicia Ramos, Mario Remedios, Aurora Rodríguez, Severino Rodríguez, Martha Tejeda, Ileana Valdés, Raúl Rodríguez, Lázaro Rosa, Francisco Salvador, Yolanda Sosa, Marcelino Soto, Milvia Stable, Felipe Elías Tejeda, Aída Valdés, María Valdés, Hugo Vinajera y Jorge Zuzunegui.
Agosto: Abel Acosta, Raúl Arbajal, Hermes Arocha, Emilio Aseng, Michel Borjas, Jesús Castillo, Francisco Chapelli, Armando Díaz, Gisela Estévez, Radame García, Estrella García, Felicia González, Raquel Guerra, Guillermina Gutiérrez, Emilio Haber, Ariel Hernández, Doile Lahenz, Luis Alberto Lazo, Heriberto Leyva, Luis López, Héctor Maceda, Roberto Mastrapa, Javier Márquez, Julio Martínez, Wilfredo Mendoza, Alexis Montiya, Andrés Morán, Nelson Morán, José Nieves, Maritza Núñez, Roberto Ojeda, Orlando Padilla, Lorenzo Páez, Félix Perera, Angel Pérez, José Pérez, Magun Pérez, Osniel Pérez, Eduardo Perna, Néstor Rodríguez, Roberto Quiñónez, Alicia Ramos, Leonardo Reinoso, Mario Remedios, Reinaldo Rivero, Aldo Riveron, Aurora Rodríguez, Dora Rodríguez, Eulogio Rodríguez, Teresa Rodríguez, Lázaro Rosa, Yolanda Rosa, Rubén Ruiz, Aurelio Sánchez, Ramón Sánchez, Lázaro Santana, Juan Seguí, Mario Terevel, Odalis Torres, Magalis Travieso, María Valdés, Angel Varona, Hugo Vinagera, Angel Yordis y Jorge Zunzunegui.
22. Se informó también que Isabel Guerra, Rómulo Michelena, Rodolfo Sánchez, Arnaldo Ramos y Manuel Sánchez Herrero, vinculados al recientemente creado, al margen de la legalidad, Instituto Independiente de Economía, fueron citados a unidades policiales en octubre de 1995 y sometidos a interrogatorio en el curso del cual se les amenazó con ser encarcelados.
23. Un elevado número de miembros de agrupaciones políticas o de derechos humanos fueron detenidos en las primeras semanas del mes de julio, en torno a la fecha del aniversario del hundimiento del remolcador 13 de Marzo Véase infra, párr. 38., al tiempo que se desplegó en La Habana un amplio operativo policial para impedir la organización de cualquier conmemoración por parte de grupos opositores. Una misa que iba a celebrarse en la iglesia del Sagrado Corazón de Jesús fue cancelada por las autoridades y la iglesia cerrada.
24. En octubre de 1995 cerca de un centenar de grupos cívicos no reconocidos formaron la alianza conocida como Concilio Cubano, de carácter eminentemente pacífico. Abundante información recibida desde entonces da cuenta del hostigamiento a que han sido sometidos muchos de los miembros precisamente por participar en la misma. Entre éstos se incluyen: Genaro Alba Santana, Reinaldo Cosano Alén, Félix Bonne Carcacés, Daniel Díaz Díaz, Lázaro García Torres, Amado González Paz, Gladys González Noy, Regla María Gutiérrez, Aída Rosa Jiménez, Librado Linares García, Luis Alfredo López, Juan José López Díaz, Abelardo López Domínguez, Florencio Marino Valdivia, Cecilio Monteagudo Sánchez, Leonel Morejón Almagro, Mercedes Parada Antúnez, Oswaldo Paya Sardiñas, Leonardo Pérez Zaldívar, Miguel Francisco Peña, Erick Ricardo Pérez Sánchez, Marta Ramírez Jerez, Ariel Sánchez Pereira, Elizardo Sánchez Santacruz, Orestes Torres Céspedes, María Valdés Rosado, Arnaldo Nelson de Varona Díaz, Joel Vázquez Alonso. El 1º de diciembre de 1995 un operativo policial impidió la celebración de una reunión de miembros de Concilio Cubano en el Municipio La Lisa y detuvo a varios participantes: Luis Felipe Lorens Nodal, Dulce María de Quesada, Leonardo Reinoso Rodríguez, Lázaro Miguel Rivero de Quesada y María Caridad Salazar Ramírez.
25. Miembros de Concilio Cubano han manifestado que la policía ha emprendido una campaña de desprestigio de esta agrupación, pretendiendo presentarla como una organización terrorista conectada a grupos extremistas del exterior.
26. El Relator Especial tuvo también conocimiento de los siguientes casos de pérdida del puesto de trabajo por motivos vinculados al ejercicio de la libertad de expresión:
a) José M. Gil, Alfredo Santana, Roberto González, Eduardo García Nieto, Rafael Vigoa y Miguel Padilla, profesores del Instituto Superior Politécnico "José Antonio Echeverría" en La Habana, fueron sancionados después de enviar una carta al Rector el 28 de septiembre de 1994, expresando su desacuerdo con la forma en que el Gobierno había tratado a las personas que se manifestaron el 5 de agosto de 1994 y abogando por una apertura democrática en el país. Aunque formalmente no fueron expulsados, la sanción consiste en no permitirles enseñar en ningún centro docente del país.
b) Jesús Marante Pozos, vecino del poblado de Piloto, provincia de Pinar del Río, fue expulsado del hospital docente Abel Santamaría después de haber renunciado a seguir formando parte de la Unión de Jóvenes Comunistas. También fue expulsada su esposa, la Dra. Yanelis García González, del Policlínico Primero de Enero.
c) Julio Hipólito Martínez Vigo y Josefa Elisa Sosa, físico y química respectivamente en la Facultad de Cultura Física de Holguín, fueron expulsados de su puesto de trabajo en diciembre de 1994 por haber hecho una solicitud para emigrar del país. Las quejas que interpusieron ante las autoridades provinciales del Partido Comunista, la Central de Trabajadores de Cuba y la justicia laboral fueron infructuosas, habiendo esta última confirmado la decisión administrativa.
d) Rubiseida Rojas González, profesora de español en la escuela de oficios del municipio San Antonio de los Baños, fue expulsada de su puesto de trabajo y, por ende, del sector de la educación del país el 3 de noviembre de 1994. En marzo del mismo año había sido expulsada del cargo de directora en la misma escuela por encontrarse en su posesión ejemplares del diario de Miami El Nuevo Herald y otras publicaciones extranjeras. La decisión de expulsión definitiva se fundamentó en que la profesora había cometido actos contrarios a la moral socialista y a los principios de la sociedad por no pertenecer a los comités de defensa de la revolución, no participar en actividades políticas y negarse a pagar el día de haber para la milicia de tropas territorial.
e) Enrique José de la Cotera Doce, profesor del Instituto Superior Técnico "José Antonio Echeverría", San José de Las Lajas, fue expulsado de su puesto el 30 de junio de 1995 por manifestar su desacuerdo en continuar realizando actividades colaterales no docentes como trabajo voluntario y actividades políticas y sindicales ordenadas por la administración, además del pago obligatorio de la cuota sindical y de la milicia de tropas territoriales.
27. El Relator Especial continúa preocupado por el hecho de que se sigan produciendo despidos de personal docente a pesar de las críticas que esta práctica ha provocado por parte de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo en el marco del Convenio Nº 111 titulado: "Discriminación: empleo y ocupación" Véase E/CN.4/1995/52, párr. 18.. En su último informe a la Conferencia Internacional del Trabajo, la Comisión declara:
"La Comisión recuerda que la Central Latinoamericana de Trabajadores (CLAT) había denunciado, en 1992, el despido de 14 profesores universitarios que, en ejercicio de sus derechos constitucionales, expresaron sus opiniones políticas en un documento de ocho puntos, bajo su firma, titulado 'Declaración de profesores universitarios' y transmitido a la autoridad jerárquica. El Gobierno había respondido que mediante las investigaciones realizadas se pudo conocer que dichos profesores habían perdido los requisitos esenciales para ejercer la docencia y que se había aplicado el Decreto Nº 34 de 1980 que prevé que los rectores pueden separar de sus cargos al personal de la docencia superior y que esta decisión puede ser objeto de recurso. Nueve de los despedidos presentaron recursos ante el Ministro de Educación Superior, que fueron desestimados.
La Comisión de nuevo urge al Gobierno se sirva explicar el sentido de la expresión "requisitos esenciales para ejercer la docencia". Tomando nota que el Gobierno declara nuevamente que se efectuaron a esos docentes ofertas de empleo que éstos rechazaron, la Comisión solicita que indique qué instancias de apelación, distintas del recurso ante el ministerio de tutela, protegen a los trabajadores de toda práctica discriminatoria basada en alguno de los criterios del Convenio, en especial, sobre las opiniones políticas. ...
En cuanto a la resolución Nº 2 de 20 de diciembre de 1989, que se refiere a la rehabilitación de los trabajadores docentes a quienes se les haya aplicado el Decreto-ley Nº 34/80 (...), la Comisión había tomado nota que no se podrá efectuar la rehabilitación de esos trabajadores sino cuando hayan cumplido cinco años de trabajo disciplinario, período durante el cual quedarán excluidos del medio docente. La Comisión toma nota de que, según el Gobierno, este término puede reducirse a un período inferior a cinco años para tal rehabilitación.
La Comisión se ve obligada a recordar que la legislación mencionada sobre este punto, por su redacción demasiado amplia, puede dar lugar a prácticas discriminatorias con respecto a todo trabajador que esté en contacto con la juventud por razones educativas y que las sanciones previstas los excluyen de sus cargos durante un período demasiado largo. La Comisión estima que tales disposiciones no son compatibles con los principios del Convenio y precisa que podrían serlo si se limitaran a mencionar las calificaciones necesarias para ejercer ciertos cargos que implican responsabilidades particulares... La Comisión solicita al Gobierno se sirva tomar las medidas necesarias para derogar dichos textos legislativos en un futuro próximo, de conformidad con el artículo 3 c) del Convenio." Conferencia Internacional del Trabajo, 82ª reunión 1995, Informe III (parte 4A), Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, Ginebra 1995, págs. 329 y 330.
28. Otro aspecto que es preocupante es la marginación que de hecho sufren los ex presos por motivos políticos. Se les aplica el calificativo de "no confiables" y con ello vienen implícitas las limitaciones de ejercer profesiones u oficios técnicos, sin que puedan aspirar a cargos administrativos o de alguna responsabilidad ni tampoco a una plaza en firmas extranjeras, aunque posean los conocimientos y cualidades óptimas para el cargo. En el mejor de los casos se los relega a empleos de menor categoría. Además, el Relator Especial recibió informes sobre la discriminación por motivos políticos de que serían objeto los trabajadores en la adjudicación de empleos en los sectores más prósperos de la economía, incluidos aquéllos en los que ha habido inversión extranjera.
B. La libertad de prensa
29. El Relator Especial continuó recibiendo información sobre casos de periodistas que han sufrido represalias que van desde despidos laborales hasta procesamientos por haber mostrado opiniones críticas al sistema actual en el marco del ejercicio de su profesión. Es el caso, por ejemplo, de Alexis Castañeda Pérez de Alejo, quien trabajaba, entre otros, para los periódicos Vanguardia y Huella y que fue condenado el 15 de mayo de 1994 a cinco años de prisión por haber hecho declaraciones que fueron calificadas como "propaganda enemiga".
30. Periodistas que han sido despedidos de sus trabajos, muchos de ellos por cuestiones políticas, han formado varias agencias de noticias, no autorizadas, con el fin de enviar informaciones a medios de comunicación extranjeros. Con frecuencia, sin embargo, son objeto de registros en sus domicilios con ocasión de los cuales se confiscan sus equipos (facsímiles, cámaras, grabadoras, etc.) además de otro tipo de medidas intimidatorias. Varios de ellos habrían sido amenazados con ser encarcelados por peligrosidad si no accedían a un empleo en un organismo estatal.
31. Entre los periodistas que fueron objeto de amenazas y hostigamiento en el curso de 1995 figuran: Néstor Baguer, Presidente de la Agencia de Prensa Independiente (APIC); Roxana Valdivia, corresponsal de Reporteros sin Fronteras y miembro de la APIC en Camagüey; Orestes Fandevila, Luis López Prendes y Lázaro Lazo, también miembros de la APIC; Rafael Solano, miembro de la agencia Habana Press, Héctor Peraza, miembro también de Habana Press; José Rivero García, miembro del Círculo de Periodistas de La Habana; María de los Angeles Gutiérrez González, de la Oficina de Prensa Independiente de Cuba (BPIC); Indamiro Restano, del BPIC; y Olance Nogueras Roce, también del BPIC. Este último fue detenido el 20 de octubre de 1995 poco después de haber enviado al exterior un artículo en el que cuestionaba las condiciones de seguridad de la central nuclear de Juragua. Fue puesto en libertad en Cienfuegos diez días después, no sin antes haber recibido amenazas de ser procesado.
C. La administración de justicia
32. El Relator Especial recibió información de juristas del interior del país en la que transmitían sus preocupaciones respecto a las deficiencias en la administración de justicia, en concreto sobre la falta de independencia del poder judicial respecto al poder político que se pone especialmente de manifiesto a la hora de enjuiciar a personas procesadas por delitos con connotaciones políticas. Se informó también que en el ejercicio de la abogacía se aprecia la misma falta de independencia. El Decreto-ley Nº 81 de 8 de junio de 1984 y su reglamento establecen la pertenencia a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos (ONBC) como requisito para el ejercicio de esa profesión; para ingresar en esa organización se requiere "tener condiciones morales acordes con los principios de nuestra sociedad" (artículo 16 a) del Decreto), lo que en la práctica ha cerrado el ingreso a quienes no comparten la ideología y la política oficiales. Aunque el artículo 5 del Decreto proclama que la ONBC es una "entidad autónoma", corresponde al Ministerio de Justicia ejercer la inspección, supervisión y control de su actividad y la de sus miembros, dictar disposiciones reglamentarias y de otro tipo y ejercer otras funciones adicionales (disposición especial primera del Decreto y artículo 42 del reglamento).
33. En teoría, la ONBC se rige democráticamente por una asamblea general elegida por los abogados miembros. Sin embargo, el carácter público (no secreto) de la elección de cargos directivos (artículo 13 del reglamento) conduce en la práctica, según la información recibida, a que los electores voten por los directores, los militantes del partido comunista o su rama juvenil (quienes en conjunto constituyen más del 85% del total de delegados) y por otros aspirantes no objetados por la dirigencia. Las opiniones contrarias a la línea mantenida por los dirigentes suelen ser acalladas mediante la intimidación que ejercen éstos.
34. En lo que se refiere al derecho de asociación, la Unión Nacional de Juristas de Cuba (UNJC) ejerce el monopolio de la asociación de los letrados del país. Según la información recibida, en su actividad y dirección desempeñan un papel preponderante los dirigentes y representantes de organismos estatales, quienes simultáneamente militan en el Partido Comunista. Un grupo de abogados ha estado realizando gestiones desde 1990 para lograr la constitución de una asociación independiente con el nombre de "Unión Agramontista de Cuba". En febrero de 1991 presentaron una solicitud de legalización ante el Ministerio de Justicia que aún no ha sido respondida.
35. Se informó también que miembros de la Unión Agramontista son con frecuencia víctimas de medidas tales como presiones diversas que van desde los "consejos amistosos" hasta la prohibición administrativa para que no asuman la defensa de activistas de derechos humanos y opositores políticos. Es manifiesta la actitud hostil de los dirigentes de la ONBC hacia la firma de memoriales en los que se plantean criterios divergentes en relación con la problemática nacional o profesional, lo que ha conducido a que los firmantes sean convocados a reuniones en las que se les presiona y a que, en última instancia, puedan ser sancionados incluso con la prohibición del ejercicio de la abogacía. Además, se adoptan medidas dirigidas a impedir reuniones de colegas en domicilios particulares; así, el 22 de abril de 1995, tres desconocidos irrumpieron violentamente en el domicilio del abogado Jorge Bacallao, quien se encontraba reunido con varios juristas. Citaciones ante autoridades policiales y de la Fiscalía, detenciones arbitrarias e incluso prisión no son desconocidos. Este último es el caso de Freddy Reyes Lafitta, quien fue condenado a cuatro años de prisión por el delito de propaganda enemiga en 1993 por haber pintado letreros de contenido contrario al régimen político.
36. En el curso de 1995 fueron expulsados de sus respectivos bufetes los abogados Leonel Morejón Almagro, del bufete colectivo de Marianao, y René Gómez Manzano, del Bufete de Casación de La Habana. Además de ellos los abogados Castor de Moya Viera, Juan Escandel Ramírez y José Angel Izquierdo González han venido siendo objeto de vigilancia y hostigamiento. Leonel Morejón Almagro y José Angel Izquierdo fueron detenidos el 4 de octubre de 1995 en el Municipio Playa y mantenidos durante una noche en la sexta unidad de policía, habiéndoseles ocupado documentos de la Unión Agramontista. Jesús Antonio Sotuyo Zamora, abogado de Ciego de Avila, fue detenido al llegar a Ciudad de La Habana, conducido a la unidad de policía de Malecón y L y enviado de regreso a su provincia de origen. Todos ellos han mostrado posiciones críticas con respecto al funcionamiento de la administración de justicia en el país y han defendido a personas acusadas de delitos con connotaciones políticas. En el caso de Sergio Hernández Ramos, uno de los defensores en la causa donde se procesó a Francisco Chaviano Véase supra, párr. 19 f)., se informó que el 15 de abril de 1995, al salir de la vista oral del juicio, fue seguido por un vehículo de la Seguridad del Estado y agredido por desconocidos cuando se encontraba en la Calzada de Santa Fe.
37. Con respecto al desarrollo de los procesos seguidos contra personas acusadas de delitos con connotaciones políticas, la misión de representantes de organizaciones no gubernamentales que visitó el país en abril-mayo de 1995 indicó que los 24 presos por delitos de este tipo con quien se había reunido señalaron las siguientes irregularidades. Si bien los juicios fueron públicos, en las salas de audiencia donde los mismos se celebraron había una gran cantidad de policías y agentes de la Seguridad del Estado, impidiéndose el acceso a las mismas de periodistas y cualquier otra persona ajena a la familia. Durante la etapa de instrucción ni los procesados ni sus abogados tuvieron acceso al expediente con suficiente antelación para preparar la defensa. La intervención del abogado se limitó básicamente a la etapa del juicio. A parte del hecho que, en los casos indicados, los inculpados reconocieron los hechos imputados, el sistema reduce considerablemente las posibilidades de la defensa para presentar testigos de descargo, pruebas, o solicitar información o exámenes complementarios Situation des prisonniers politiques. Rapport de mission, págs. 59 a 62..
D. Abusos policiales con resultado de muerte
38. Entre las denuncias recibidas por el Relator Especial figuran también casos de personas que han fallecido o han resultado heridas a consecuencia del uso excesivo de la fuerza por parte de agentes gubernamentales. El caso más grave de los acontecidos en los últimos años es sin duda el del hundimiento en aguas del estrecho de la Florida, el 13 de julio de 1994, del remolcador 13 de Marzo, al que el Relator Especial ya hizo referencia en su anterior informe. Aunque el Gobierno mantiene que no existió responsabilidad por parte de las autoridades en lo que considera fue un accidente, el Relator Especial recibió los testimonios de algunos sobrevivientes, quienes afirmaron que embarcaciones oficiales del puerto de La Habana intentaron interceptar al 13 de Marzo mediante chorros de agua a presión y que luego deliberadamente lo embistieron, provocando el hundimiento de la nave. Fuentes no gubernamentales informaron al Relator Especial que el número de personas fallecidas no fue de 32, como el Gobierno había afirmado, sino de por lo menos 37 y que, después de un año, las familias continúan reclamando la apertura de una investigación. Hasta el mes de septiembre de 1995, sin embargo, el expediente no había ido más allá de una muy limitada instrucción policial que se encontraba archivada en la Fiscalía de Ciudad de La Habana. Respondiendo a peticiones de familiares y abogados, dicha Fiscalía contestó a mediados de julio de 1995 que ese órgano no tenía proyectada la apertura de ningún proceso judicial por el hundimiento de la nave.
39. El Relator Especial fue también informado del caso de Estanislao González Quintana, quien falleció mientras se encontraba detenido desde el 8 de septiembre de 1995 en la unidad de la policía de Consolación del Sur, Pinar del Río, donde había sido llevado bajo acusación de actividad económica ilícita. El día 12 del mismo mes se comunicó a un familiar que el detenido había muerto de un ataque cardíaco pero, según se informó, al exponerse el cadáver en la funeraria pudo verse que presentaba hematomas, además de una profunda hendidura en la frente.
40. El Relator Especial ha venido recibiendo igualmente información sobre casos de ciudadanos que habrían resultado muertos por disparos de policías al ser sorprendidos robando alimentos en granjas y sembrados. Tal sería el caso de Wilfredo Almiral de Armas, quien resultó muerto el 12 de noviembre de 1994 en la finca Marilín del municipio de Consolación del Sur, Pinar del Río, donde se había introducido con la intención de apropiarse de unos pollos. En cuanto a Reinerio Velázquez Avila, murió el 14 de mayo de 1994 por disparos de un custodio cuando, junto con otros ciudadanos, fue sorprendido en una plantación estatal de plátanos llamada "La Guanábana", ubicada en la carretera Vía San Andrés, en las proximidades de la ciudad de Holguín.
41. El Relator Especial no ha podido obtener información fidedigna sobre si casos de este tipo son o no por regla general debidamente investigados y los responsables sancionados. Se congratula sin embargo de la respuesta enviada por el Gobierno de Cuba al Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias a propósito de uno de estos casos, el de Orelvis Martínez Limonta. Según esta respuesta, el 7 de julio de 1992 un custodio civil de una entidad económica sorprendió a esta persona robando azúcar de una casilla de ferrocarril estacionada en el patio de la Estación de Santa Clara y, para lograr su captura, efectuó disparos que le causaron la muerte. El custodio fue sancionado por el Tribunal Provincial de Villa Clara a 18 años de privación de libertad E/CN.4/1995/61, párr. 114..
E. El derecho a salir y entrar al país
42. La legislación cubana continúa sin reconocer el derecho de todo ciudadano a salir libremente del país y a regresar al mismo. En uno y otro caso se requiere una autorización que las autoridades administrativas pueden denegar discrecionalmente, sin que se motive con argumentos previstos en la ley y a menudo por razones políticas, como en los siguientes casos:
a) Oswaldo y Alejandro Payá Sardiñas, del Movimiento Cristiano Liberación. El Departamento de Inmigración les ha comunicado en reiteradas ocasiones, la última en el curso de 1995, que se les prohíbe salir de Cuba de manera temporal, y que esta disposición es por tiempo indefinido.
b) Elizardo Sánchez Santa Cruz, de la Comisión de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional, vio denegada su autorización para visitar el Canadá en la primavera de 1995.
c) Mercedes Pupo Robert y Ariel García Pupo han visto denegada su autorización de salida del país a pesar de ser titulares de visados de entrada en el Canadá, donde reside su esposo y padre respectivamente, Ariel García Rivero, trabajador de la marina mercante, quien obtuvo asilo en aquel país en 1993.
d) Hilda Molina Morejón, quien en 1994 renunció, por cuestiones ideológicas, a su puesto en la dirección del Centro Internacional de Restauración Neurológica, y su madre, Hilda Morejón Serantes, han visto rechazada su autorización de salida temporal del país para visitar a su familia residente en la Argentina.
e) Leonor Díaz Ramírez vio rechazada su autorización de salida del país para visitar a su hijo, residente en los Estados Unidos, aduciendo que éste hacía propaganda en contra del Gobierno de Cuba.
f) Edivia Lucía Moreira Cabrera y sus dos hijas Guivia y Gredys Canete Moreira han visto rechazada su autorización de salida del país a pesar de disponer en 1995 de visados de entrada en Estados Unidos, donde reside el esposo de aquélla. Este habría solicitado asilo en Estados Unidos después de salir de Cuba formando parte de una delegación deportiva.
g) Rolando Martínez Montoya, Magalis Rodríguez, Adenette Rodríguez, Patricia Martínez Rodríguez, María Jesús Martínez Rodríguez y Camila Martínez Rodríguez, miembros de una misma familia, han visto rechazada su autorización de salida del país a pesar de disponer de visados de entrada en Estados Unidos. Desde que en 1994 entraron en la Embajada de Bélgica para solicitar asilo habrían sido objeto de hostigamiento.
43. El tiempo máximo de estancia en el extranjero de manera temporal es de 11 meses y la salida definitiva va acompañada de medidas confiscatorias. En cuanto a la entrada al país de los ciudadanos cubanos residentes en el extranjero, también está sometida a la obtención de un permiso por cada ingreso, cuyos trámites conllevan el pago de tarifas elevadas para los estándares cubanos. Además, estos permisos de estancia suelen ser de corta duración (15 días, 1 mes) y se exigen independientemente de cuál sea el país de residencia. Con ocasión de la conferencia "La Nación y la emigración" que se celebró en noviembre de 1995 en La Habana con amplia participación de ciudadanos cubanos residentes fuera del país las autoridades cubanas anunciaron que en adelante los cubanos de origen tendrían un permiso de entrada en el país renovable cada dos años, con lo que se pondría fin a las autorizaciones por cada viaje. Según las mismas autoridades, para obtener ese permiso se requerirá no realizar actividades contrarias al Gobierno cubano.
44. La salida ilegal del territorio continúa siendo penalizada, acarreando su intento consecuencias graves, como en los casos siguientes:
a) Santiago Francisco Alvarez, quien se desempeñaba como realizador de grabación, edición y transmisión de sonido en la emisora Radio Guamá de Pinar del Río, fue despedido de ese centro durante la segunda mitad de 1994 al haber sido declarado "no confiable". Se le acusaba de haber comprado una embarcación en el puerto de la Coloma con el fin de abandonar el país.
b) Mario Julio Viera González, de la agrupación Frente de Unidad Nacional, quien había perdido su puesto de trabajo como ingeniero agrónomo en 1988, fue detenido el 30 de junio de 1994. Un día antes había recibido una citación oficial de la Seguridad del Estado para una entrevista en las dependencias de este cuerpo en calle 20 y avenida 3ª, en el barrio habanero de Miramar. Tres días después, su familia fue informada de que había sido trasladado a la provincia de Ciego de Avila a cumplir una condena de dos años de privación de libertad impuesta en 1990 por "salida ilegal del país". En el proceso seguido en aquel año quedó sin probar, según el Sr. Viera, que el intento de salida se había materializado, pues en realidad éste nunca tuvo lugar.
c) Carlos Alberto Ocaña Romero, perdió su puesto de trabajo como electricista de mantenimiento en el Hospital General de Santiago de Cuba después de haber expresado públicamente opiniones contra el sistema político. El 13 de marzo de 1994 fue detenido por elementos de la Seguridad del Estado cuando empezaba los preparativos para abandonar el país de manera ilegal. Acusado de piratería y otros actos contra la seguridad del Estado, fue condenado a un año de prisión en juicio celebrado en febrero de 1995.
45. Anteriores informes del Relator Especial han venido dando cuenta del fenómeno de salida ilegal del país por vía marítima de ciudadanos que, utilizando precarios medios de transporte, deseaban alcanzar las costas de los Estados Unidos. De este modo habrían llegado a este país unas 2.500 personas en 1992 y 3.000 en 1993, mientras que la crisis de agosto de 1994 provocó el éxodo de aproximadamente 30.000 E/CN.4/1995/52, párrs. 36 a 43.. Los acuerdos migratorios firmados a lo largo de 1995 entre Cuba y los Estados Unidos tienen como objetivo evitar que este fenómeno siga produciéndose. Para ello los Estados Unidos se comprometen, entre otras cosas, a devolver a Cuba todos aquellos cubanos que sean interceptados en el mar, en vez de facilitarles la entrada en los Estados Unidos como fue la práctica hasta el año 1994. El Gobierno cubano, por su parte, se compromete a no tomar represalias contra estas personas o contra aquéllas que solicitan visado para dejar el país en la Sección de Intereses de los Estados Unidos en La Habana. El Relator Especial espera vivamente que este compromiso se cumpla, a la vez que expresa su preocupación ante la contradicción que el mismo representa con el hecho de que la salida ilegal siga constituyendo un delito en la legislación. También expresa su preocupación frente a comentarios de fuentes no gubernamentales en el sentido de que, si bien las personas repatriadas como consecuencia de habérseles negado autorización de residencia en el extranjero no son en general procesadas, sí sufren en la vida diaria discriminaciones de otro tipo, en particular en el acceso al empleo.
46. Por otra parte, el Relator Especial recibió de grupos no gubernamentales una lista parcial de personas que habrían desaparecido en el estrecho de la Florida cuando intentaban salir del país de manera ilegal. Contiene 103 nombres, la mayoría de los cuales corresponden a los años 1991 y 1992. También recibió una lista de 77 personas, miembros del Movimiento Integracionista Democrático Auténtico, que habrían sido conminados bajo amenazas a salir del país con ocasión de los acontecimientos de agosto de 1994 Ibíd., párrs. 41 y 42.. Miembros de otros grupos habrían también sido objeto de presiones en este sentido.
II. EL TRATO A LOS DETENIDOS EN LAS PRISIONES Y CENTROS DE DETENCION
47. Fuentes no gubernamentales informaron al Relator Especial que habían registrado la existencia de 294 prisiones y campos de trabajo correccional en todo el país, estimando que habría entre 100.000 y 200.000 prisioneros de todas las categorías, una cifra que resulta particularmente alta en proporción al número de habitantes del país. Ello resulta además preocupante a la luz de los informes que continúa recibiendo el Relator Especial y que dan cuenta de las precarias condiciones de vida que predominan en las prisiones: falta de higiene y atención médica, golpizas e internamiento en celdas de aislamiento por motivos triviales, pésima alimentación, impedimentos al normal desarrollo de las visitas familiares y el hecho de que los presos por motivos políticos se vean obligados a convivir con presos comunes que se comportan agresivamente con ellos.
48. En la prisión Combinado del Este se habría desatado, a principios de año, una epidemia de lectopirosis a consecuencia de la cual varios reclusos habrían fallecido y más de un centenar habrían tenido que ser hospitalizados. También habría casos de tuberculosis en este penal. En la prisión de Quivicán se declaró un brote diarreico en febrero de 1995, después de que el penal permaneció durante cinco días sin agua.
49. El Relator Especial recibió una lista de 26 reclusos del penal Kilo 7 de la provincia de Camagüey que estarían afectados de tuberculosis en uno de los destacamentos de la prisión. Además, en el mes de febrero de 1995 se habría producido un brote diarreico que habría afectado a la gran mayoría de los 1.300 reclusos del penal. También se habría producido un brote de tuberculosis en la prisión Combinado del Sur de Matanzas, donde en el último año habrían fallecido seis reclusos. Los casos de sarna, por otra parte, serían habituales.
50. En un informe relativo a la situación en la prisión provincial de La Manga, provincia Granma, se describe la situación de las personas detenidas por delitos con connotaciones políticas de la siguiente manera:
"Nos ubican con delincuentes que son de alta peligrosidad, son personas que presentan trastornos de la personalidad e incluso psiquiátricos. En muchos casos la Seguridad del Estado, valiéndose de la situación que presentan estas personas y de los bajos valores morales que tienen, las utilizan para ultrajar nuestra dignidad. Muchos son utilizados por la Seguridad del Estado como informantes, les prometen beneficios para que proporcionen información sobre lo que nosotros hablamos y les autorizan a que si nos oyen hablando mal del Presidente de la República puedan caernos a golpes. Por otra parte las autoridades del penal han creado un sistema según el cual a determinados presos se les encarga velar por la disciplina de los demás a cambio de ciertos privilegios. Son personas violentas, sin escrúpulos, de alta peligrosidad que implantan un rigor excesivo. Por cualquier detalle de disciplina que cometa un preso lo ultrajan, lo ofenden con palabras denigrantes y hasta lo golpean salvajemente... Somos llevados a severos interrogatorios por falsas informaciones que dan los presos comunes, además somos amenazados de muerte... A los que somos cristianos nos amenazan con levantarnos causas comunes por estar haciendo, según las autoridades "labor de proselitismo"; además se nos niega el servicio religioso porque nos dicen que nosotros utilizamos esto con fines políticos... La alimentación es mal elaborada, muchas veces el pescado nos lo dan en estado de descomposición lo que nos causa problemas serios de digestión."
51. Situaciones similares a la descrita son también frecuentes en informes relativos a otras prisiones recibidos por el Relator Especial. Por otra parte, el rigor en las condiciones de vida originan a veces huelgas de hambre por parte de los presos, como la que tuvo lugar en agosto de 1995 en la cárcel de Boniato y, seguidamente, en la Kilo 7, Santiago de Cuba.
52. También se denunciaron casos de prisioneros que habrían sido severamente golpeados por miembros del personal. Se recibió así una lista de 25 reclusos de la prisión Combinado Sur de Matanzas que habrían sido severamente golpeados durante 1995.
53. Por otro lado, el Relator Especial expresa su satisfacción ante la información proporcionada por un ex prisionero de la cárcel Alambrada de Manacas en el sentido de que este centro habría sido cerrado en el curso de 1995. Ello habría sido posible gracias a la actuación de la fiscalía provincial y a la vista de las numerosas denuncias recibidas sobre las condiciones materiales y el tratamiento que los reclusos recibían.
54. La misión de organizaciones no gubernamentales que visitó Cuba en abril-mayo de 1995 y que se entrevistó con 24 personas que cumplen condenas por delitos con connotaciones políticas solicitó información de éstos respecto al trato que habían recibido durante los meses que permanecieron en los locales de la Seguridad del Estado. Si bien todos manifestaron que no habían sido objeto de violencias físicas, declararon que habían permanecido en celdas caracterizadas por la falta de higiene y ventilación, la presencia de ratas e insectos, la elevada temperatura, la escasez de agua disponible para lavarse y beber y la existencia de luz artificial día y noche. Los detenidos pueden recibir visitas familiares, pero de una duración de sólo 10 minutos por semana y en presencia de personal del centro. Esta descripción concuerda con otras que el Relator Especial ha recibido en múltiples ocasiones. Los detenidos manifestaron que el acceso a exámenes médicos era adecuado.
III. EL DISFRUTE DE LOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
55. Uno de los objetivos de la construcción del socialismo en Cuba es lograr una sociedad igualitaria, para lo cual se instituyeron mecanismos tales como el racionamiento, los precios subvencionados y las limitaciones en los niveles de salarios. Al mismo tiempo, los altos niveles de empleo, así como la expansión de cobertura de la seguridad social y del sistema educativo, han caracterizado los esfuerzos del Gobierno en materia de derechos humanos. Los instrumentos de tipo económico escogidos para llevar a cabo altos niveles de protección en estos campos en favor de toda la población no parecen, sin embargo, haber sido los más adecuados, como se expuso en el informe anterior del Relator Especial Ibíd., párrs. 48 a 55.. En efecto, la economía se ha caracterizado por un pobre crecimiento real que se ha prolongado durante años y que ha desembocado en la grave crisis económica que vive el país desde principios de los años noventa, con las consiguientes consecuencias en el goce de los derechos económicos, sociales y culturales de la población.
56. La magnitud de la crisis ha afectado de manera significativa los niveles de empleo, calculándose que casi un 80% del sector industrial no funciona o lo hace a niveles mínimos y que un 40% de la población activa está desempleada o subempleada, aunque no se publican datos oficiales. Para compensar la pérdida de ingresos, el Estado continúa proporcionando un 60% del salario a los desempleados durante un tiempo que depende de la antigüedad en el puesto de trabajo. Sin embargo, dado el bajo nivel de los salarios, esta cantidad no es suficiente para cubrir las necesidades básicas del trabajador medio, por lo que éste se ve frecuentemente obligado a emprender actividades ilegales. Según los expertos, las medidas adoptadas por el Gobierno estos últimos años y dirigidas en gran medida a establecer mecanismos de mercado en el funcionamiento de la economía, incluido el fuerte estímulo a la inversión extranjera, no parece que vayan a disminuir, más bien al contrario, los niveles de desempleo, lo que sin duda contribuirá a exacerbar las desigualdades sociales.
57. Un factor nuevo que, sin embargo, ha contribuido a aliviar el desempleo y la tensión social ha sido el programa monetario, pues al equilibrar la disparidad entre el peso y el dólar ha hecho que el trabajo empiece a ser de nuevo la base de ingresos reales, tanto en la esfera estatal como en el creciente sector por cuenta propia. Por otro lado, el rompimiento del monopolio estatal en el usufructo de la tierra ha creado una dinámica positiva en el campo cubano. Aproximadamente el 76% de las tierras cafetaleras han sido entregadas a familias o cooperativizadas.
58. El suministro de alimentos básicos por la cartilla de racionamiento se ha reducido drásticamente, no alcanzando más que para los diez primeros días del mes y no incluyendo algunos productos de primera necesidad. La existencia del mercado agropecuario libre proporciona algún alivio a la crisis económica; sin embargo, los precios en él practicados son sumamente altos para el salario promedio en el país, que es de alrededor de 180 pesos mensuales. Por ejemplo, el precio oficial del arroz es de 24 centavos la libra, pero en el mercado agropecuario cuesta 9 pesos la libra.
59. La estructura salarial se define por profesiones, no por industrias o a través de negociación colectiva, y se aplica de manera rígida, independientemente de la experiencia del trabajador, sus cualificaciones o su rendimiento. La escala de salarios fue establecida en la época en que la economía estaba fuertemente subvencionada con el objetivo de alcanzar una sociedad más igualitaria. Sin embargo, los niveles de inflación existentes en la actualidad han convertido este sistema en obsoleto, provocando una sustancial reducción en el nivel de vida medio y forzando a muchos ciudadanos a actividades ilegales, a la búsqueda de un segundo empleo o a emigrar. Otro aspecto de la estructura salarial es que los trabajadores son pagados en la moneda nacional a pesar de la incesante dolarización de la economía. En efecto, muchos productos de consumo básicos y servicios son pagados en dólares, con lo que los trabajadores, al no recibir su salario en esta moneda, no pueden acceder a ellos. En relación con las empresas que funcionan con capital extranjero, el Gobierno obtiene beneficios en moneda fuerte mientras continúa pagando a los trabajadores salarios mínimos en moneda nacional al cambio oficial de un peso por dólar, aunque la tasa de cambio real es de 25 pesos o más por dólar. Por otra parte, el Estado retiene todo el control sobre la fuerza laboral, al efectuarse la contratación únicamente a través de empresas estatales, con lo que se aplican los criterios de "idoneidad" y la negociación colectiva es inexistente.
60. En lo que se refiere al funcionamiento de los sindicatos agrupados en torno a la Central de Trabajadores de Cuba, el Relator Especial recibió informes en los que se critica el papel que el Partido Comunista juega en el funcionamiento de los mismos. Aquél interviene así en la selección de los dirigentes sindicales y ejerce indirectamente un control sobre la actividad de los sindicatos. Como regla general todo trabajador tiene que estar afiliado al sindicato que le corresponda según su rama de actividad, siendo obligatorio el pago de la cuota sindical. Es también obligatorio el asistir a diferentes actividades políticas, como concentraciones, desfiles etc., so pena de sufrir presiones. La valoración política del individuo, realizada por organismos tales como el sindicato, el Partido Comunista o la Unión de Jóvenes Comunistas influye de manera decisiva para obtener determinados puestos de trabajo o beneficios. Así, en la actualidad se plantea la reducción de plantilla en numerosos centros de trabajo. Para ello se crean comisiones de idoneidad que evalúan las posibilidades de cada trabajador en la actividad que desempeña. Estas comisiones, en las que participan los sindicatos, no sólo valoran al trabajador en razón de sus conocimientos, responsabilidad, disciplina etc., sino también por su confiabilidad desde el punto de vista político.
61. En relación con un comentario anterior de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo en el marco de la aplicación del Convenio Nº 87 (Libertad sindical y protección del derecho de sindicación) sobre las relaciones entre la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) y el Partido Comunista, a la injerencia de éste en la elección de dirigentes sindicales, la Comisión afirmó:
"La Comisión toma debida nota de las observaciones expresadas por un miembro trabajador de Cuba a la Comisión de la Conferencia según las cuales las relaciones existentes entre la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) y el Partido Comunista no comprometen la continuidad del movimiento sindical, pues los afiliados de la Central aprueban los estatutos, reglamentos y lineamentos de trabajo, eligen a sus dirigentes en forma abierta y democrática, y no existen candidatos propuestos por el Partido Comunista. Además, señaló el miembro trabajador, la relación entre la CTC y el Partido Comunista es aprobada por los trabajadores democráticamente y sólo compete a ellos su modificación o no.
No obstante, la Comisión insiste en que en un contexto unipartidista y de una central sindical podría favorecerse en la práctica injerencias externas en perjuicio de la autonomía sindical.
La Comisión solicita al Gobierno que garantice en la legislación y en la práctica el derecho de todos los trabajadores y empleadores sin ninguna distinción de constituir libremente organizaciones profesionales independientes, y fuera de toda estructura sindical existente si así lo desearen (artículo 2 del Convenio Nº 87), así como la libre elección de sus representantes (artículo 3 del Convenio) Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, op. cit., págs. 177 y 178.."
62. En el actual contexto de crisis profunda y de reformas en el ámbito económico y laboral, en gran medida lesivas para los derechos de los trabajadores, se enmarca la necesidad cada vez más sentida por parte de éstos de crear sus propios sindicatos y de romper así con el monopolio ejercido en este campo por la Central de Trabajadores de Cuba y los sindicatos agrupados en torno a ella. Al igual que ocurre con todas las demás organizaciones independientes a las que el Relator Especial se ha referido en capítulos anteriores, esos sindicatos no han logrado su legalización y sus actividades continúan siendo reprimidas.
63. En su 264ª reunión el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo se pronunció sobre la queja contra el Gobierno de Cuba presentada por la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) respecto al no reconocimiento jurídico de la Confederación de Trabajadores Democráticos de Cuba (CTCD), así como las lesiones, detenciones, amenazas, negativas de permiso de salida del país para participar en reuniones sindicales internacionales y otros actos en contra de Rafael Gutiérrez, Edith Lupe, Lázaro Corp Yeras, Juan Guarino Martínez Guillén, René José Montero Garay y Jesús Cárdenas López, todos ellos dirigentes de organizaciones sindicales no reconocidas. En sus conclusiones el Comité examinó cada uno de los casos mencionados señalando, además, lo siguiente:
"419. El Comité toma nota de las declaraciones del Gobierno y en particular de que el 98% de los trabajadores del país se hallan sindicalizados en 18 sindicatos nacionales ramales, cuyos representantes son propuestos y elegidos por los propios trabajadores, así como de que, en sus diferentes instancias, las organizaciones sindicales participan de manera sistemática en el proceso de toma de decisiones. Por otra parte, el Comité observa que el Gobierno declara... que las personas a las que se alude no tienen la condición de sindicalistas, no representan a ningún colectivo de trabajadores y no están vinculadas laboralmente a ninguna empresa o actividad laboral en el país, así como que sus actividades no tienen nada de sindicales -buscarían obtener ventajas de tipo personal- y que los hechos que se relatan no son de naturaleza sindical."
64. El Comité invitó al Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo a aprobar las recomendaciones siguientes:
"a) Deplorando que no se haya permitido al sindicalista Sr. Rafael Gutiérrez participar en dos reuniones organizadas por la CIOSL, el Comité pide al Gobierno que asegure en el futuro el respeto del principio según el cual la participación en calidad de sindicalista en las reuniones sindicales internacionales es un derecho sindical fundamental, por lo cual los gobiernos deben abstenerse de toda medida que impida a un representante de una organización de trabajadores ejercer su mandato con plena libertad e independencia;
b) El Comité pide al Gobierno que se inicie una investigación judicial sobre las lesiones graves que se habrían infligido al dirigente sindical Sr. Lázaro Corp y a su hijo menor y que le informe al respecto Según la denuncia recibida por el Comité, el Sr. Corp Yeras, secretario general de la Unión Sindical de Trabajadores de Cuba (USTC), y su hijo menor, fueron golpeados en una calle de La Habana el 2 de agosto de 1994. El denunciante indicó que tenía razones para creer que los atacantes estaban vinculados con las fuerzas de seguridad. Además, esta agresión era la quinta que el Sr. Corp recibía en menos de tres meses.."
Con respecto a los demás casos mencionados el Comité pidió al Gobierno que facilitara informaciones y observaciones Caso Nº 1.805, 300º informe del Comité de Libertad Sindical, págs. 399 a 427..
65. La crisis económica también ha afectado seriamente el sistema de salud, un sector que también ha sido dañado de forma muy directa y significativa por la política del embargo de los Estados Unidos.
66. El Relator Especial ha recibido numerosos informes que dan cuenta de las enormes carencias en el suministro de medicamentos básicos y describen el estado de decrepitud en que se encuentran una gran parte de los hospitales del país. Incluso los hospitales provinciales carecen en la mayoría de las ocasiones de medicamentos tan elementales como los analgésicos, antibióticos, productos anestésicos o material de sutura. Para disminuir el gasto en electricidad o por falta de soluciones esterilizadoras, la ropa y el instrumental, incluidos los que se utilizan en los salones quirúrgicos, no se esterilizan, y los aparatos de aire acondicionado se apagan o se utilizan a muy baja intensidad. Al mismo tiempo, la falta de recursos y factores asociados a la alimentación y la higiene han provocado igualmente un incremento de ciertas enfermedades.
67. Se informó también que los productos fabricados en centros de materiales médicos se destinan fundamentalmente a la exportación o a los hospitales que brindan tratamiento médico a los extranjeros, los cuales sí disponen de todo lo necesario. Mientras tanto, en el resto de los hospitales del país los pacientes deben esperar largos períodos para obtener una prótesis.
IV. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
68. A lo largo de 1995, el Gobierno de Cuba tomó algunas medidas en materia de derechos humanos en relación con las cuales el Relator Especial expresa su satisfacción. La primera fue la decisión de ratificar la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura. La segunda, la de permitir una visita al país de representantes de cuatro organizaciones no gubernamentales con el fin de visitar a un grupo de presos por motivos políticos, habiendo el Gobierno escuchado con atención sus peticiones y reclamos de aquéllos y atendiéndolos en parte al acceder a la liberación, sin la condición de abandonar el país, de algunos de los presos visitados. Estas medidas fueron precedidas por la decisión de invitar al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a visitar el país, visita que tuvo lugar en noviembre de 1994. Fue también positiva la celebración en noviembre de 1995 de una nueva conferencia en el país sobre "La nación y la emigración", como continuación de la experiencia del año anterior, propiciando así un espacio de diálogo entre cubanos del interior y del exterior, aunque todavía limitado a cuestiones muy específicas.
69. En el plano económico, la situación en Cuba se diferencia de la de los últimos años en el hecho de que se ha consolidado una nueva disposición de evaluar, en forma crítica, políticas y soluciones anteriores que habían demostrado ser inviables en el mundo actual. El inmovilismo anterior de la política económica en Cuba parece haber entrado en una nueva fase más pragmática. La reestructuración profunda del sistema requiere sin embargo un precio político y social considerable, sobre todo en lo que atañe al desempleo inevitable y al surgimiento de nuevos actores sociales. Cuba no está al margen de la influencia ideológica que ejercen la aparición de instituciones como el trabajo por cuenta propia, el mercado agropecuario y, en otra dimensión, la empresa extranjera, con el consiguiente empresariado nacional y extranjero vinculado a la economía mixta importadora y exportadora. El sector social emergente vinculado al mercado negro es también otro factor de fuerte impacto social.
70. Por otro lado, se está produciendo en Cuba un cambio de mentalidad, no sólo en el sentido de que las actitudes materialistas en el modo de vida aparecen cada vez más arraigadas, sino también en lo que se refiere al surgimiento de espacios de acción ciudadana.
71. No obstante la iniciativa en el Congreso norteamericano de recrudecer el embargo, otro inmovilismo que a nuestro juicio pareciera estar en vías de modificarse es la política norteamericana hacia Cuba, un residuo languideciente de la guerra fría. La política basada en el embargo comercial y financiero contra Cuba ha perdido cada vez más apoyo en el contexto internacional, así como en amplios e importantes sectores de los Estados Unidos. En su resolución 50/10, titulada "Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba" la Asamblea General recordó las declaraciones formuladas por los jefes de Estado o gobierno en las cumbres iberoamericanas, relativas a la necesidad de eliminar la aplicación unilateral de medidas de carácter económico y comercial contra otro Estado que afecten el libre desarrollo del comercio internacional y tomó nota de la decisión adoptada en el XXI Consejo del Sistema Económico Latinoamericano en la que se insta a que se levante el bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba. En la misma resolución la Asamblea General mostró su preocupación por la continuada promulgación y aplicación por parte de Estados Miembros de leyes y regulaciones cuyos efectos extraterritoriales afectan a la soberanía de otros Estados, a los intereses legítimos de entidades o personas bajo su jurisdicción y a la libertad de comercio y navegación, así como por el hecho de que continúen promulgándose y aplicándose nuevas medidas de este tipo dirigidas a reforzar y ampliar el bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba; exhortó a los Estados a que se abstengan de promulgar y aplicar leyes y medidas de este tipo e instó a aquéllos donde existan a que tomen las medidas necesarias para derogarlas o dejarlas sin efecto.
72. Es vital que la transformación de la economía cubana se efectúe de modo ordenado, pacífico y sin cataclismos sociales. Obviamente es ése, asimismo, el interés de la comunidad internacional. Las decisiones internas del Gobierno de Cuba son decisivas. Pero sin un clima internacional positivo y favorable, tales medidas serían mucho más difíciles de tomar y aplicar.
73. El diálogo que existe entre la Unión Europea y el Gobierno cubano para lograr un acuerdo de cooperación, como ya existe con otros países del área, debiera producir efectos positivos tanto en lo económico como en materia de derechos humanos. Para que el proceso de transformaciones -que en la sociedad cubana parecen inexorables- se realice de forma pacífica y eficaz, se requieren canales de información y ejecución responsables y constructivos, pero también con una independencia verdadera y una representatividad legítima a los ojos del pueblo cubano.
74. En el terreno de los derechos humanos, continúan produciéndose serias violaciones de los derechos civiles y políticos de los ciudadanos cubanos. No podría ser de otra manera, pues persiste el no reconocimiento oficial del pluralismo político y asociativo y, como consecuencia, se siguen conculcando las libertades de expresión, información, movimiento, reunión y manifestación pacífica. Los que desafían estas prohibiciones, contrarias a los derechos humanos, se ven expuestos a persecución, discriminación e incluso prisión. El Código Penal cubano continúa tipificando injustamente como delitos la propaganda enemiga, la asociación ilícita, la peligrosidad social, la entrada o salida ilegal al país, etc.
75. La represión en los casos individuales de opositores y de activistas independientes de derechos humanos sigue, pues, inmutable aunque, según la información recibida, haya habido una disminución de los llamados "actos de repudio" por parte de las brigadas de respuesta rápida. Si en ese contexto se puede vislumbrar alguna mejora, esta es en el nuevo clima de discusión que ha surgido -impensable hace tan sólo unos años- en sectores intelectuales que han puesto en tela de juicio aspectos vitales del sistema vigente en Cuba. La necesidad de reformas profundas encaminadas a hacer cesar los ataques a la libertad de opinión, expresión y asociación fue igualmente señalada por la misión de representantes de organizaciones no gubernamentales que visitaron el país en abril-mayo de 1995.
76. La persistencia de las violaciones de los derechos humanos durante 1995 obliga al Relator Especial a reiterar, básicamente, las mismas recomendaciones al Gobierno de Cuba que el año anterior. Se trata de medidas que mejorarían sustancialmente la situación de los derechos humanos y que, en muchos casos, requieren decisiones puramente administrativas:
a) Cesar en la persecución y castigo de los ciudadanos por motivos vinculados al ejercicio de la libertad de expresión y asociación pacíficas.
b) Adoptar con sentido de la urgencia medidas destinadas a poner en libertad sin condiciones a todas aquellas personas que cumplen condenas por delitos contra la seguridad del Estado y otros conexos, así como por intentar abandonar el país de manera irregular.
c) Permitir la legalización de grupos independientes, en particular los que intentan desempeñar actividades en el ámbito político, sindical, profesional o de derechos humanos, dándoles la posibilidad de actuar dentro del marco de la ley, pero sin injerencias indebidas por parte de los poderes públicos.
d) Ratificar los principales instrumentos de derechos humanos de los que Cuba todavía no es parte, en particular el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos Protocolos Facultativos (el primero sobre comunicaciones individuales y el segundo destinado a abolir la pena de muerte), así como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
e) Eliminar de la legislación penal figuras delictivas con arreglo a las cuales los ciudadanos pueden ser procesados por ejercer su derecho a la libertad de expresión y asociación, tales como propaganda enemiga, asociación ilícita, clandestinidad de impresos, etc.; así como limitar el uso de otras que, aunque en sí no tengan este objetivo pueden, en la práctica, ser utilizadas de manera tal que produzcan los mismos efectos, como por ejemplo el delito de rebelión.
f) Revisar en profundidad las disposiciones legales sobre el estado de peligrosidad y las medidas de seguridad, con el fin de eliminar los aspectos susceptibles de lesionar los derechos y libertades individuales.
g) Eliminar de la legislación todas aquellas disposiciones que implican discriminación entre los ciudadanos por motivos políticos, en particular en los ámbitos laboral y educativo, así como la adopción de medidas dirigidas a reparar en lo posible excesos cometidos en este sentido en el pasado, tales como la reintegración en sus anteriores puestos de trabajo a personas que fueron expulsadas de ellos.
h) Eliminar las disposiciones legales que se oponen a que los ciudadanos cubanos puedan ejercer su derecho a entrar o salir del país libremente sin necesidad de autorizaciones administrativas previas. Ello conlleva igualmente el que cese la discriminación de facto respecto a personas que han intentado establecerse en el extranjero y que, al no haberlo logrado, han sido repatriadas. En cuanto a las personas de origen cubano residentes en el extranjero, especialmente aquellas que detentan la nacionalidad cubana, deberían gozar de este mismo derecho una vez cumplidos requisitos administrativos mínimos.
i) Reformar la legislación procesal con miras a asegurar que las garantías del debido proceso, incluida la independencia del poder judicial, son adecuadamente salvaguardadas, de conformidad con lo establecido en los instrumentos internacionales. Esta reforma debe, en particular, incluir medidas que hagan posible el acceso libre y efectivo a la asistencia letrada de todo procesado, incluido en los procesos por delitos contra la seguridad del Estado, asistencia que deberá ser proporcionada por abogados que ejerzan su profesión de manera totalmente independiente. También debe garantizarse la igualdad de armas entre acusación y defensa en los procesos de este tipo.
j) Investigar exhaustivamente los incidentes que rodearon el hundimiento del remolcador 13 de Marzo y la muerte de un número elevado de personas, con el objeto de sancionar a los responsables y de otorgar compensación a los familiares de las víctimas.
k) Aplicar medidas de mayor transparencia y garantías en el sistema penitenciario, con el fin de evitar incidentes de excesiva violencia y sufrimiento físico y psíquico de la población penal. En este sentido, constituiría un logro sustancial la renovación del Acuerdo con el Comité Internacional de la Cruz Roja, así como permitir el acceso a las prisiones por parte de organizaciones no gubernamentales con fines humanitarios.
l) Permitir, con más frecuencia, el acceso al país a las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos que trabajan en el ámbito internacional, con el objeto de que puedan evaluar la situación de derechos humanos y brindar su competencia y colaboración para lograr mejoras.
77. La comunidad internacional debe continuar prestando todo su apoyo al establecimiento de un proceso de transición política pacífica en Cuba que acompañe las transformaciones económicas en curso. Además, debiera velar por que se preste una adecuada asistencia humanitaria a la población cubana que lo necesite, en especial a los grupos vulnerables tales como los niños, jóvenes, ancianos, mujeres, discapacitados y desempleados. También se debiera potenciar la cooperación técnica y financiera multilateral y bilateral con Cuba que permita, tanto al Gobierno como al pueblo de ese país, continuar en la senda de las reformas económicas iniciadas, así como emprender consensuadamente las reformas políticas que la situación actual reclama con urgencia, especialmente en el ámbito de los derechos humanos.
78. De acuerdo con la invitación formulada por la Comisión de Derechos Humanos en su resolución 1995/66, el Gobierno debería estudiar la posibilidad de solicitar el establecimiento de un programa de servicios de asesoramiento y asistencia técnica. Tal programa podría tener como objetivo facilitar la difusión, información y capacitación de los cubanos en materia de derechos humanos; facilitar expertos internacionales que realicen estudios técnicos para una mejor adaptación del derecho interno a las exigencias en materia de derechos humanos de las normas internacionales universalmente aceptadas; y el establecimiento de instituciones nacionales para la promoción y protección de los derechos humanos.
Anexo
EXTRACTO DEL DISCURSO PRONUNCIADO POR EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DE CUBA, SR. ROBERTO ROBAINA, EN LA SESION INAUGURAL DEL PRIMER ENCUENTRO INTERNACIONAL SOBRE PROTECCION JURIDICA DE LOS DERECHOS CIUDADANOS, CELEBRADO EN LA HABANA DEL 7 AL 10 DE NOVIEMBRE DE 1995
"Cuando hablaba de los derechos humanos como meta universal recordaba unas palabras del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Sr. Ayala-Lasso, quien aseguró que no había un país del mundo donde éstos se hubieran realizado por completo... ¿Cómo explicar entonces que Cuba tenga un Relator Especial para que se le investigue y muchos otros, con casos flagrantes y masivos, de decenas de miles de desaparecidos y torturados no lo tienen?
No admitimos a ese Relator por no ser realmente un instrumento de las Naciones Unidas, sino por ser instrumento de venganza privada contra Cuba. No permitiremos su visita, ni que consiga sus fines mediante otros mecanismos de las Naciones Unidas, aunque respetemos mucho a la Organización internacional. En cambio, apreciamos altamente y votamos por la elección de ese Alto Comisionado para los Derechos Humanos y lo respaldaremos siempre que demuestre su imparcialidad.
La mejor prueba de ello es que fuimos el primer país latinoamericano en invitarlo para intercambiar opiniones, experiencias y que conociera con sus propios ojos nuestra realidad. Si lo hicimos fue porque no tenemos nada de qué avergonzarnos, ni muertos por enterrar, ni desaparecidos por ocultar, ni torturados, ni ciudadanos humillados por el color de su piel, sexo o religión...
Cuba mantiene, además, una muy amplia cooperación con el sistema de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos porque consideramos que es importante y necesario. Hemos cooperado sustancialmente en la instrumentación de leyes que aseguren todas las garantías constitucionales y procesales y, más recientemente, nos adherimos a la Convención contra la Tortura, aunque jamás la practicamos ni la permitimos. Por decisión soberana de este país aprobamos en 1987 la redacción y adopción de un nuevo Código Penal en 1990, acogimos en 1990 un importante evento mundial de las Naciones Unidas sobre derecho penal y, más recientemente, iniciamos un proceso de despenalizaciones y de búsqueda de sanciones alternativas. Ello demuestra cómo trabajamos constantemente en los instrumentos del derecho, como parte de un ejercicio cotidiano de perfeccionamiento democrático.
Ahora bien, nuestras situaciones delictivas no pueden analizarse aisladas del hecho de que a Cuba se le impone un estado de guerra, se estimula una crisis económica cruenta por medio de un bloqueo prolongado, y se ampara a delincuentes, antisociales y convictos que emigraron ilegalmente, teniendo el privilegio de ser los únicos en el mundo que emigraran por televisión y en las primeras páginas de los periódicos, y fueron recibidos como perseguidos políticos en los Estados Unidos.
Como sociedad humana no estamos exentos de que ocurran, de forma aislada, algunas violaciones. Pero tenemos los instrumentos y las instituciones para su control y seguimiento, y hay suficientes pruebas que demuestran cómo nuestra fiscalía y nuestro Parlamento atienden quejas de nuestros ciudadanos. Hay que marcar una diferencia entre esos casos aislados y el cártel de violadores flagrantes y masivos que nos han querido colgar y que nos negamos y nos negaremos rotunda y definitivamente a aceptar. Por pensar distinto y ser atrevido, ningún cubano es reprimido, y ustedes podrán verificar la libertad en que se mueven, hablan, cobran sus honorarios y trabajan contra Cuba algunos de los que se presentan como pobres perseguidos...
Quien se presta de instrumento a una Potencia extranjera viola derechos humanos tan básicos como el derecho a la autodeterminación y la soberanía nacional, y sólo podremos avanzar más en la medida que desaparezcan las políticas y conductas contrarias a los intereses de la inmensa mayoría de nuestro pueblo. Ningún país admite la existencia legal de grupos organizados que pongan en peligro el sistema democrático vigente; mucho menos si éste se ha establecido sobre la base de un consenso como han conocido pocos pueblos del mundo. En otras palabras: en Cuba no es posible hacer contrarrevolución legalmente, mucho menos si las credenciales para ello se obtienen en las oficinas de quien representa a nuestro principal enemigo."