VII- ¿Hacia una política europea de inmigración? Un desafío para la Presidencia Española de 2010 (DT)

(6) Algunas ideas para la Presidencia española

España ha sido una de las principales impulsoras de una aproximación europea a la inmigración, especialmente en lo que respecta al control fronterizo y la cooperación con los países de origen y tránsito de los inmigrantes irregulares. En este sentido, España ha promovido el Enfoque global y la creación de FRONTEX y debe aprovechar la ocasión de la Presidencia del Consejo para promover el avance de esta política comunitaria basada en los principios acordados en el Pacto Europeo sobre la Inmigración y el Asilo y con la vista puesta en la aplicación del Programa de Estocolmo y la elaboración de su Plan de Acción. Son propuestas para este período:

Avanzar hacia una política europea de inmigración que incluya criterios comunes en materia de admisión y acceso al mercado de trabajo de inmigrantes de terceros países. Aprobar los proyectos de directivas sobre los trabajadores de temporada y la de los trasladados por sus empresas.
Establecer un sistema de puntos aplicable en toda Europa para evaluar a los inmigrantes potenciales (dejando al margen la inmigración de temporada). En ese sistema la cualificación profesional debe ser el elemento primordial de valoración.
Despejar las barreras administrativas y legales que todavía ahora dificultan la movilidad laboral de los ciudadanos europeos en el espacio de la UE, para construir un auténtico mercado europeo de trabajo y fortalecer la identidad europea común.
Analizar los vínculos entre la inmigración y el mercado de trabajo europeo al hilo de las negociaciones para la elaboración de la nueva Agenda de Lisboa, cuya preparación corresponderá a la Presidencia española.
Facilitar a los inmigrantes cualificados la realización de las gestiones administrativas básicas utilizando un solo idioma a lo largo de la UE, para asemejar las condiciones de atracción de la inmigración cualificada en Europa a las que existen en EEUU, Canadá y Australia.
Articular una verdadera gestión europea de fronteras y, tras una evaluación integral de la labor de FRONTEX y de sus necesidades y objetivos, dotar a la misma de los recursos humanos y económicos necesarios, convirtiendo en obligatorio el actual carácter voluntario de las aportaciones de los Estados miembros. Avanzar en la iniciativa EUROSUR.
Acelerar la implementación de los instrumentos tecnológicos para la gestión de fronteras a la vez que se desarrolla la legislación para la correcta utilización de la información.
Combatir la cultura política de aceptación de la ilegalidad, relacionada con la pervivencia de la economía informal, que nutre en parte la tolerancia social ante la inmigración irregular.
Reforzar los controles internos sobre el trabajo y la estancia en los países con mayor presencia de inmigrantes irregulares. Para ello, la Presidencia española debería trabajar para poner en práctica la directiva de sanciones a los empresarios.
Avanzar hacia la armonización europea de los derechos de los inmigrantes irregulares, sus expectativas de regularización y su acceso a los servicios sociales.
Analizar la política de exención de visados actual y su posible extensión a aquellos países de los que existe evidencia policial o estadística sobre su alta presencia entre los inmigrantes irregulares.
Reforzar los mecanismos de cooperación con terceros países en esta materia e impulsar las negociaciones de acuerdos de readmisión con los países de origen y tránsito.
Desarrollar los instrumentos de aplicación del Enfoque global, como las plataformas de cooperación y las asociaciones de movilidad.
Situar la relación entre migración y desarrollo en la cumbre UE-América Latina que tendrá lugar durante la Presidencia española. De la mima forma, avanzar en la preparación de la III Conferencia del Proceso de Rabat (impulsado por España y Marruecos), que se celebrará en Dakar en 2011.
Proponer nuevos instrumentos legales, administrativos y de cooperación para gestionar adecuadamente el desafío que supone la creciente inmigración de “menores no acompañados”, que preocupa especialmente a España y a otros países del Sur de Europa.
Avanzar hacia la unificación de los criterios para la concesión o denegación de la solicitud de asilo, de modo que las posibilidades de obtenerlo sean semejantes en todos los Estados miembros.

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[1] La inmigración neta resulta de la diferencia entre el crecimiento vegetativo (nacidos menos fallecidos) y el crecimiento total.

[2] Los inmigrantes irregulares no están incluidos en estos datos, excepto en el caso de España que incentiva el registro de los irregulares en los Ayuntamientos.

[3] El 97% de las mujeres egipcias, el 90% de las sudanesas y el 92% de las malienses sufre mutilación genital.

[4] Especial Eurobarometer, 243, 2006 (fieldwork 2005).

[5] COM (2000) 757.

[6] COM (2001) 386, DOCE C 332, 27/XI/2001.

[7] COM (2005) 669.

[8] COM (2007) 247.

[9] Referencia de la Directiva de la tarjeta azul.

[10] COM (2006)735 final.

[11] COM(2005) 390 final.

[12] Gemma Garcialoro (2008), “Los Ejes de la política migratoria en la Unión Europea”, Papeles del Este, 17, p. 34.

[13] R. Sandell, A. Sorroza e I. Olivié (2007), “Inmigración: un desafío con oportunidades”, Documento de Trabajo nº 19/2007, Real Instituto Elcano.

[14] Se puede acceder al Reglamento completo en http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:218:0060:0081:ES:PDF.

[15] M. Illies (2009), “La política de la Comunidad Europea sobre inmigración irregular: medidas para combatir la inmigración irregular en todas sus fases”, Documento de Trabajo nº 38/2009, Real Instituto Elcano.

[16] Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y el Consejo por la que se establecen sanciones aplicables a los empresarios de residentes ilegales nacionales de terceros países.

[17] Directiva 2008/115/EC.

[18] “Informe sobre la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a procedimientos y normas comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países que se encuentren ilegalmente en su territorio”, A6-0339/2007, 20/IX/2007.

[19] El Reino Unido ha anunciado su negativa a aplicar la Directiva.

[20] El principio de “no devolución” se consagra en el art. 33 de la Convención de Ginebra: “Ningún Estado Contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas”.

[21] Existen acuerdos europeos de readmisión con Ucrania, Macedonia, Serbia, Bosnia y Herzegovina, Montenegro, Moldavia, Rusia, Hong Kong, Sri Lanka y Macao. Marruecos y Pakistán se incorporarán próximamente.